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Ayudas Sociales, de carácter extraordinario, para estudios durante el curso académico 2013-2014

  • Convoca: Vicerrectorado de Estudiantes de la Universidad de Granada
  • Objeto: Ayudas Sociales, de carácter extraordinario, para estudiantes que cursen enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, al objeto de que nadie quede excluido del estudio en la Universidad por razones económicas, dentro de los límites presupuestarios existentes.
  • Requisitos: Podrán solicitar estas ayudas sociales de carácter extraordinario, los estudiantes que estén matriculados en la Universidad de Granada, en enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial de Grado, así como en enseñanzas conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, de los recogidos en el catálogo de titulaciones oficiales aprobado por el Ministerio de Educación, siempre y cuando no hayan recibido en el curso 2013-2014 beca o ayuda del MECD, de la Universidad de Granada o de cualquier organismo o administración pública o privada, a excepción de los casos contemplados en el apartado 3 de esta Base I (requisitos académicos).Los solicitantes no podrán ser titulados y habrán de estar matriculados como estudiantes a tiempo completo o a tiempo parcial, a excepción de aquellos que estuviesen matriculados de los últimos créditos para la finalización de sus estudios.- Excepcionalmente se admitirán solicitantes matriculados con un menor número de créditos a los señalados anteriormente, siempre que se justifique adecuadamente el motivo (por trabajo, cuidado familiares enfermos, falta recursos económicos etc.). En todo caso las ayudas que se concedan seránproporcionales a los créditos matriculadosA los efectos de poder evaluar la situación económica de las personas solicitantes, se aplicarán los criterios que, sobre renta y patrimonio familiares, se fijan en el BOE n. º198, de 19 de agosto de 2013, por el que se convocan Becas de Carácter General para el curso académico 2013/14, para estudiantes de enseñanzas universitarias (Artículo 17.3: umbral 3 para renta y Artículo 18, umbrales para patrimonio familiar
  • Plazo de solicitud: Hasta el 11 de abril de 2014
  • Información y solicitudes: Las solicitudes se formalizarán cumplimentando el impreso que podrá descargarse de la página Web del Vicerrectorado de Estudiantes (http://ve.ugr.es), igualmente se podrá facilitar en el Servicio de Becas. Las solicitudes, formalizadas en el impreso disponible en la web del Vicerrectorado de Estudiantes http://ve.ugr.es, deberán presentarse en el Registro General de la Universidad deGranada o en cualquiera de los Registros Auxiliares (cuya relación puede verse en:http://secretariageneral.ugr.es/pages/sag/registro/index).
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