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Becas de formación archivística, documental y bibliotecaria relacionada con la actividad oficial del Senado.

  • La Mesa del Senado, en su reunión de 6 de septiembre de 2011, ha acordado convocar entre postgraduados quince becas de formación archivística, documental y bibliotecaria, relacionada con la actividad oficial del Senado, de acuerdo con las bases de la convocatoria.
  • Duración y cuantía: Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012) y consistirán en doce pagos por meses vencidos de ochocientos (800) euros brutos.
  • Solicitudes:
    1. Pueden solicitar la concesión de beca los poseedores de un título oficial universitario en Biblioteconomía y Documentación y los licenciados universitarios españoles y de otros países miembros de la Unión Europea que reúnan las tres condiciones siguientes:
    a) haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1983,
    b) acreditar haber cursado estudios en materias archivísticas, bibliotecarias o documentalistas durante al menos 200 horas lectivas, y
    c) no haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto los sustitutos que hubieran accedido a la misma dentro del último semestre del año 2011.
  • Presentación de las solicitudes:
    Los solicitantes de las becas deberán presentar una instancia dirigida al Secretario General del Senado en el Registro de la Dirección de Documentación del Senado (Palacio del Senado. Segunda planta. Bailén, 3, 28071 Madrid), en horario de lunes a viernes, entre las 9,30 horas y las 14 horas, o remitirla en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Plazo de las solicitudes: El plazo para la presentación de instancias será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».