Inicio / Convocatorias / Becas para titulados

Becas de formación de postgrado para el año 2016 del Consejo Superior de Deportes

  • Convoca: Consejo Superior de Deportes.
  • Objeto: El objeto específico de la convocatoria es la concesión de una beca para la formación teórica y práctica de postgrado en las actividades que se realizan en la Subdirección General de Deporte Profesional y Control Financiero:Licenciados/Graduados en Economía, o Ciencias Empresariales, o Licenciados/Graduados en Administración y Dirección de empresas, con conocimientos de contabilidad y análisis de balances para la realización del estudio y seguimiento de la situación económico-financiera de los clubes que integran el Deporte Profesional.
  • Requisitos: Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o pertenecer a un Estado signatario del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo. Ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca y poseer plena capacidad de obrar. Los candidatos a la beca de formación de postgrado en la Subdirección General de Deporte Profesional y Control financiero, deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:Licenciados/Graduados en Economía, o Ciencias Empresariales, o Licenciados/Graduados en Administración y Dirección de empresas. La fecha de finalización de los estudios solicitados, no podrá ser anterior al curso académico 2010/2011.
  • Plazo de solicitud: Hasta el 10 de enero de 2016
  • Información y solicitudes:El modelo de solicitud y currículum vitae se encontrará disponible en la página web del Consejo Superior de Deporte www.csd.gob.es/ Sede Electrónica/ Catálogo de trámites/ Trámite 055078.La presentación de solicitudes podrá realizarse en soporte papel o por vía telemática. La presentación en soporte papel se dirigirá a la Secretaría General de la Dirección General de Deportes, deberá ser firmada por el solicitante, y se presentará en el registro general del Consejo Superior de Deportes, calle Martín Fierro, 5, 28040 Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de LRJPAC. BOE del 21 de diciembre de 2015