PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – DELOITTE 2011
BASES DE LA CONVOCATORIA
La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del convenio de colaboración de fecha 31 de enero de 2011 suscrito con DELOITTE, S. L. (en lo sucesivo, DELOITTE), convoca las becas correspondientes al programa de becas DELOITTE 2011 (en adelante, el Programa).
1.CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA
1.1.Durante el año 2011, y con periodicidad aproximadamente bimensual, se llevarán a cabo diversos procesos de selección dentro de la presente convocatoria del Programa.
1.2.Cada uno de los procesos de selección que se realicen se entenderá independiente de cualquiera de los anteriores y, por tanto, el jurado que se constituya al efecto podrá modificar las condiciones de preselección establecidas en cada uno de ellos, en función de las especialidades y del número de becas ofertadas.
1.3.Compete a DELOITTE proponer a la FUNDACIÓN la fecha en que se llevará a cabo cada proceso de selección, dentro de la convocatoria general de la edición correspondiente del Programa. La propuesta deberá incluir los requisitos específicos que deberán cumplir los candidatos. Dichos requisitos se publicarán como anexo a las presentes bases, en el que se establecerá, además, el plazo para la presentación de solicitudes.
Compete a la FUNDACIÓN la autorización, publicación y dirección del proceso de selección correspondiente, así como la concesión de los beneficios del Programa y, en su caso, la suspensión o cancelación de los mismos.
2.CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS
2.1.Duración.
Las becas tendrán una duración mínima de cinco meses y máxima de un año. Cuando la duración sea inferior a un año podrá prorrogarse la beca, a solicitud de DELOITTE, hasta el período máximo anteriormente establecido.
2.2.Distribución geográfica.
La labor de formación del becario se llevará a cabo en alguno de los centros u oficinas que DELOITTE tiene establecidos en España, pudiendo hacerse desplazamientos fuera de los mismos.
2.3.Beneficios del Programa.
La consideración de becario del Programa incluye los siguientes beneficios:
a)Un período de formación práctica en los centros u oficinas de DELOITTE definidos en el apartado 2.2 anterior.
b)Una dotación por todo el periodo formativo integrada por:
– Una asignación mensual de entre 600 y 1.000 euros, que será fijada en función del centro o grupo donde se lleve a cabo el período formativo y la titulación acreditada por el beneficiario. Sobre las cantidades a percibir por el becario, la FUNDACIÓN practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cotización a la Seguridad Social, que resulten procedentes en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable.
– Un seguro de accidentes, que será suscrito por la FUNDACIÓN, a favor del becario.
– Un seguro de asistencia sanitaria básica, hasta el 31 de octubre de 2011, que deberá ser suscrito por el becario y cuyo importe será reintegrado por la FUNDACIÓN a los interesados, una vez concluida la beca, y previa entrega de los justificantes correspondientes.
c)En los términos y condiciones establecidos por la normativa aplicable, a su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con fecha de efectos a partir del 1 de noviembre de 2011.
La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
d)En el caso de prórroga de la beca, los beneficiarios tendrán los mismos derechos que los establecidos en los apartados anteriores.
e)La FUNDACIÓN transferirá a cada beneficiario la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda.
2.4.Situación jurídica de los beneficiarios.
Los candidatos a quienes se adjudiquen las becas ostentarán la condición de becarios de la FUNDACIÓN. En su virtud, durante su período de formación, los becarios quedarán sujetos a las normas de la FUNDACIÓN, sin que ello comporte la existencia de relación laboral alguna entre dicha entidad y el becario. De acuerdo con la normativa aplicable, los becarios se hallan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social. En consecuencia y, por mandato legal, la FUNDACIÓN queda obligada a incorporar a sus becarios a la Seguridad Social, asumiendo, en esta materia, en relación con dicho colectivo, los derechos y obligaciones establecidos para los empresarios en el mencionado régimen general.
2.5.Incompatibilidades.
El disfrute de una de beca del Programa será incompatible con la percepción por el becario de cualquier retribución derivada de la realización de trabajo por su parte, ya sea por cuenta propia o ajena, así como con el cobro de las prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares características.
3.REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
3.1. Con carácter general para todos los procesos de selección que se realicen durante la vigencia de la edición 2011 del Programa:
a) Ser ciudadano de la Unión Europea.
b) Nivel medio o alto del idioma inglés.
c) Informática a nivel de usuario.
d) No ser beneficiario en la actualidad de alguna beca otorgada por la FUNDACIÓN, ni haber renunciado en el transcurso del período formativo a alguna de ellas.
e) No haber sido declarado no apto en pruebas de selección convocadas y realizadas por DELOITTE de contenido sustancialmente homogéneo al de las incluidas en el Programa de 2011.
3.2. Con carácter específico para el proceso de selección en curso:
Haber concluido alguna de las carreras relacionadas en el anexo a estas bases o, en el caso de tratarse de alguna carrera dentro de la rama de Ingenierías, haber aprobado todas las asignaturas, con excepción del Proyecto Fin de Carrera, en algún centro reconocido oficialmente en España o, en otro caso, haber obtenido la correspondiente homologación del título por el Ministerio de Educación español.
4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes deberán ser formuladas, exclusivamente, cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página Web de la Fundación SEPI (www.funep.es). No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.
El plazo de presentación para acceder al proceso de selección en curso, figura en el anexo a estas bases.
5. EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS
5.1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado constituido a tal efecto (en adelante, el Jurado). Estará integrado por igual número de representantes de la FUNDACIÓN y DELOITTE, que serán nombrados por el Director General de la FUNDACIÓN, a propuesta de cada una de las respectivas partes En todo caso, la presidencia del Jurado recaerá en alguno de los representantes de la FUNDACIÓN.
5.2. Los procesos de selección de los becarios comprenderán las siguientes etapas:
a) Exclusión de candidatos: Serán excluidos los candidatos que no reúnan los requisitos señalados en el apartado 3.1 anterior, y aquéllos cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos, o se hubieran cumplimentado erróneamente.
b) Preselección de candidatos: En la misma, el Jurado definirá las condiciones que deban cumplir los aspirantes, relativas a los siguientes aspectos: la media académica -ponderada según el número de cursos de que consta la carrera y el de años transcurridos para completarla-, la titulación o especialidad y, en su caso, la edad, el nivel de inglés y los conocimientos informáticos declarados por los candidatos, así como los cursos complementarios que hayan realizado.
Por excepción, y en aras de la especial protección que merece el colectivo, a los candidatos integrados en el denominado Plan ADO, para deportistas calificados como de alto rendimiento, no se les aplicará en esta preselección las limitaciones relativas a la edad y al número de años tardados en finalizar la carrera universitaria.
c) Pruebas de selección: Con la finalidad de definir el nivel de adecuación del candidato y su aptitud a la consecución de los objetivos del Programa, podrán establecerse las siguientes pruebas, todas ellas de carácter eliminatorio:
– Un conjunto de pruebas psicotécnicas, que incluirá una prueba de nivel del idioma inglés.
-Una dinámica de grupo o una entrevista con los responsables de los departamentos de DELOITTE que hayan ofertado las becas.
-Una entrevista con el Jurado.
5.3. Finalizada la selección, el Jurado realizará a la FUNDACIÓN propuesta de adjudicación de las becas a los candidatos que, a su juicio, hayan obtenido un mayor nivel de adecuación y aptitud, quedando como suplentes el resto de candidatos que hayan superado las pruebas.
La FUNDACIÓN concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y comunicará por escrito a los interesados la adjudicación de las mismas.
5.4. A propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que concurran acreditados motivos para ello, la FUNDACIÓN podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.
5.5. Durante el proceso de selección el Jurado solicitará a los candidatos la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud.
5.6. Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá ser firmada por todos los miembros del mismo, acta a la que podrán tener acceso quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de selección.
6. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Las obligaciones de los adjudicatarios de las becas son las siguientes:
6.1. Cumplimentar y remitir a la FUNDACIÓN, dentro del plazo que se les indique, la documentación que se les exija al serles adjudicadas las becas.
6.2. Remitir a la FUNDACIÓN un informe sobre la labor formativa desarrollada, con la periodicidad que se establezca y en la forma y con el contenido que les será notificado.
6.3. Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo del periodo formativo. Se incluyen aquéllas que supongan su ausencia del centro formativo, ya sea ésta temporal, por causa de enfermedad o accidente -que deberá ser acreditada mediante remisión del correspondiente parte médico a la FUNDACIÓN- o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa, con objeto de que la FUNDACIÓN pueda cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social.
6.4. Mantener durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la formación.
6.5. Atender las orientaciones que reciban de los tutores de DELOITTE en el ejercicio de su acción formativa.
6.6. Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por la FUNDACIÓN o por DELOITTE.
6.7. No divulgar ninguna información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la FUNDACIÓN o a DELOITTE, ni durante ni después del periodo de formación.
6.8. Comunicar a la FUNDACIÓN el número de afiliación a la Seguridad Social, en la forma que oportunamente le será notificada.
7. ANULACIÓN DE LA BECA
7.1. DELOITTE podrá efectuar a la FUNDACIÓN propuesta escrita motivada de anulación de la beca a aquellos becarios cuya actitud o aptitud resulte insuficiente para lograr los objetivos del Programa.
7.2. La FUNDACIÓN podrá anular la beca por cualquiera de las siguientes causas:
• La constatación de alguna irregularidad grave en los datos expuestos por el becario en su solicitud.
• El incumplimiento grave por parte del becario de alguna de sus obligaciones establecidas en el apartado 6.
• La aceptación de la propuesta a que se refiere el apartado 7.1. anterior.
8. BAJA EN EL PROGRAMA
La baja en el Programa se producirá:
• Por anulación de la beca.
• Por renuncia voluntaria del beneficiario.
La baja de un becario en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha de la misma. No obstante, para que el becario tenga derecho a disfrutar de los mencionados beneficios, previamente deberá haber completado un periodo mínimo de formación de veinte días efectivos. En otro caso, no tendrá derecho a percibir dotación alguna.