Convocatoria.
Se convocan para el periodo 2023-2024 diez becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda, que se desarrollarán en la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Objeto.
Esta subvención tiene por objeto proporcionar formación y experiencia técnica y laboral necesaria para facilitar la incorporación de jóvenes titulados/as universitarios/as en arquitectura al mercado laboral andaluz.
Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente resolución las personas residentes o nacidas en Andalucía, con titulación universitaria oficial de Licenciatura, Grado Oficial, Máster Oficial o Doctorado en arquitectura, obtenida en los siete años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y con conocimientos de inglés o francés a partir del nivel intermedio o equivalente al B1, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Se establece un límite de edad consistente en no haber cumplido 36 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con las especificaciones establecidas en las bases reguladoras.
Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda (BOJA núm. 219, de 15 de noviembre de 2021).
Importe: La dotación de la única línea de subvención existente se refleja en el cuadro que figura en el apartado primero, teniendo cada una de las diez becas convocadas un importe máximo de 16.800,00 euros, y siendo la cuantía máxima total de 168.000,00 euros.
La duración del período de desarrollo de la beca será de doce meses.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días contados desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las solicitudes estarán dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.
Las solicitudes se presentarán conforme al modelo de formulario contenido como Anexo I en esta convocatoria:
- a) Los trámites telemáticos se deberán realizar en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24743/como-solicitar.html
- b) En el caso fortuito de que los enlaces anteriores no estuvieran disponibles, se puede utilizar como medio telemático alternativo la Presentación Electrónica General accesible a través de la página: https://juntadeandalucia.es/servicios.html
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 59 de 28/03/2023
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/59/BOJA23-059-00002-5733-01_00280778.pdf
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/59/BOJA23-059-00024-5728-01_00280775.pdf
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)