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Niegan la responsabilidad de la UGR respecto a la inscripción de una alumna

– Niegan la responsabilidad de la UGR respecto a la inscripción de una alumna

El Consejo Consultivo de Andalucía ha negado la responsabilidad patrimonial de la Universidad de Granada (UGR) por los supuestos daños ocasionados en la gestión de la inscripción de una alumna de la Facultad de Filosofía y Letras.

La Permanente del Consejo, con sede en Granada, dictaminó en su última reunión sobre el expediente de responsabilidad patrimonial de la Administración, tramitado por la UGR, por los daños morales y gastos ocasionados como consecuencia de la comisión de varios errores en la gestión de la inscripción como alumna y en sucesivas matriculaciones en la Universidad.

En el caso sometido a dictamen la reclamante aducía que la Universidad le ocasionó daños consistentes en la imposibilidad de continuar sus estudios universitarios y la pérdida de tres años, cursados en la carrera en la que se matriculó, a los que añadía el daño moral y los gastos generados por dichos estudios.

Sin embargo, según ha informado el Consejo, no se ha probado que la Universidad de Granada haya impedido la continuación de los estudios de la reclamante en la Facultad de Filosofía y Letras, ni que haya negado la validez de las asignaturas cursadas.

Según informa la Facultad de Filosofía y Letras, con fecha 10 de febrero de 2006, no hay constancia -al menos documental- de que la interesada solicitara su matriculación en dicha Facultad en septiembre de 2005 y en su expediente no figura petición de matrícula para el curso 2005/2006.

A este respecto, se añade en la propuesta de resolución formulada por la Administración que la interesada no pudo presentar preinscripción en la Facultad por un doble orden de razones.

Primero, porque las solicitudes de preinscripción para iniciar estudios en cualquier Universidad andaluza, y en concreto en la granadina, se presentan en el Servicio de Alumnos y, segundo, porque la solicitud de preinscripción a la que se refiere la reclamación sólo se explicaría en relación con quien fuese a iniciar estudios universitarios pero no para quien, como era el caso de la reclamante, pretendía continuarlos.

Abundando en lo anterior, es claro para el Consultivo andaluz que no puede sostenerse la pérdida de tres años cursados en la Facultad de Filosofía y Letras, ni que la Universidad haya impedido la continuación de tales estudios, por lo que no hay, en definitiva, daño antijurídico indemnizable.

Por otra parte, el Consejo Consultivo ha informado hoy de que ha dictaminado a favor de la modificación de la ordenación urbanística de la unidad de ejecución número 1 de las normas subsidiarias del municipio de Colomera (Granada).

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