La comunidad universitaria granadina tiene una cita electoral mañana, martes día 3 de junio, para elegir a los miembros del Claustro, el máximo órgano de representación de la institución. Las mesas electorales permanecerán abiertas de 10 a 19 h. en todos los centros universitarios en los que votarán el profesorado y el alumnado, y el PAS en el Hospital Real.
El Claustro de la Universidad de Granada estará compuesto por el Rector, que lo presidirá, el Secretario/a General, el Gerente y 300 claustrales elegidos en representación de los distintos sectores de la Comunidad Universitaria con la siguiente distribución:
– Un 53% de profesores doctores con vinculación permanente a la Universidad.
– Un 4,33% de funcionarios no doctores de los cuerpos docentes universitarios y de colaboradores no doctores.
– Un 1% de profesores eméritos y del personal investigador en formación y perfeccionamiento, del cual, un 0,33% por ciento corresponde al primer colectivo, y un 0,67%, al segundo.
– Un 4,67% del resto de personal docente e investigador, asegurando a los profesores asociados de Ciencias de la Salud una representación específica.
– Un 27% de estudiantes.
– Un 10% de miembros del personal de administración y servicios.
Corresponden al Claustro Universitario las siguientes competencias:
a) Elaborar, aprobar y modificar los Estatutos de la Universidad.
b) Convocar, con carácter extraordinario, elecciones a Rector de acuerdo con el procedimiento establecido en estos Estatutos.
c) Elegir, de entre los claustrales, el cuarenta por ciento de los miembros del Consejo de Gobierno, reflejando la composición de los distintos sectores del Claustro.
d) Elegir y revocar al Defensor Universitario, así como aprobar, en su caso, su informe anual.
e) Elaborar y aprobar el Reglamento Orgánico del Defensor Universitario.
f) Conocer y debatir las líneas generales de la política de la Universidad, en especial de la presupuestaria. A tal efecto el Rector presentará un informe anual ante el Claustro.
g) Recabar del Rector información sobre cualquier aspecto de su gestión y, en general, de la actividad universitaria.
h) Formular recomendaciones, propuestas y declaraciones institucionales, así como debatir los informes que le sean presentados.
i) Designar a los seis Catedráticos de Universidad que, junto al Rector, formarán parte de la Comisión de Reclamaciones.
j) Aprobar la concesión del título de Doctor Honoris Causa, a propuesta del Consejo de Gobierno.
k) Establecer el régimen de concesión de los premios, distinciones y honores de la Universidad.
l) Asumir cualesquiera otras competencias que las leyes o los presentes Estatutos le atribuyan.